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El divorcio notarial es una modalidad de divorcio de mutuo acuerdo, es decir, cuando los cónyuges están de acuerdo en divorciarse y en el contenido del convenio regulador. El convenio regulador es el documento que regula los efectos del divorcio, como la atribución del uso de la vivienda, la pensión compensatoria o la liquidación del régimen económico matrimonial.
Si tu pareja vive fuera de España, puedes solicitar dos tipos de divorcio: el divorcio express o el divorcio contencioso.
1.- El divorcio express es el que se tramita de mutuo acuerdo entre los cónyuges, sin necesidad de acudir a los tribunales. Para ello, los cónyuges deben presentar un convenio regulador que regule los efectos del divorcio, como la atribución del uso de la vivienda, la pensión compensatoria o la liquidación del régimen económico matrimonial. El divorcio express se puede solicitar ante un notario o un letrado de la Administración de Justicia, siempre que se cumplan ciertos requisitos. El divorcio express es más rápido y económico que el divorcio contencioso, ya que no requiere de un proceso judicial. El tiempo máximo de espera desde que se presenta el convenio hasta que se obtiene el divorcio es de 1 a 3 meses.
2.- El divorcio contencioso es el que se tramita ante los tribunales, cuando los cónyuges no están de acuerdo en divorciarse o en el contenido del convenio regulador. En este caso, será el juez el que dictará la sentencia de divorcio, estableciendo las medidas que regirán los efectos del divorcio. El divorcio contencioso es más lento y costoso que el divorcio express, ya que implica más trámites y puede durar varios meses o incluso años.
Los requisitos para solicitar el divorcio dependen del tipo de divorcio que elijas y de la nacionalidad y residencia de los cónyuges. En general, se deben cumplir las siguientes condiciones:
1.- Los cónyuges deben llevar al menos tres meses casados. Este plazo se cuenta desde la fecha de celebración del matrimonio hasta la fecha de presentación de la solicitud de divorcio.
2.- Los cónyuges deben tener alguna vinculación con España. Se considera que hay vinculación con España si alguno de los cónyuges tiene la nacionalidad española, si el matrimonio se celebró en España, si alguno de los cónyuges reside en España o si la pareja tiene hijos comunes con residencia habitual en España.
3.- Los cónyuges deben estar de acuerdo en divorciarse y en el contenido del convenio regulador, si optan por el divorcio express. El convenio regulador debe incluir, al menos, las siguientes medidas: la atribución del uso de la vivienda y ajuar familiar, la pensión compensatoria si procede, la liquidación del régimen económico matrimonial si procede y la contribución a las cargas del matrimonio.
4.- Los cónyuges no deben tener hijos menores de edad o con discapacidad que dependan de ellos, si optan por el divorcio express. En caso de tener hijos mayores de edad o emancipados que convivan en el domicilio familiar y carezcan de ingresos propios, deberán prestar su consentimiento respecto a las medidas que les afecten.
La competencia judicial para tramitar el divorcio depende de la nacionalidad y residencia de los cónyuges. Según el Reglamento (UE) nº 1259/2010, de 20 de diciembre de 2010, por el que se establece una cooperación reforzada en el ámbito de la ley aplicable al divorcio y a la separación judicial, los cónyuges pueden elegir el tribunal competente entre las siguientes opciones:
El tribunal del Estado miembro donde los cónyuges tienen su residencia habitual en el momento de presentar la solicitud de divorcio.
El tribunal del Estado miembro donde los cónyuges tuvieron su última residencia habitual, siempre que uno de ellos aún resida allí en el momento de presentar la solicitud de divorcio.
El tribunal del Estado miembro de la nacionalidad de ambos cónyuges en el momento de presentar la solicitud de divorcio.
El tribunal del Estado miembro donde se presentó la solicitud de divorcio.
Si los cónyuges no eligen el tribunal competente, se aplicarán las normas de competencia establecidas en el Reglamento (CE) nº 2201/2003, de 27 de noviembre de 2003, relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia matrimonial y de responsabilidad parental. Según este reglamento, el tribunal competente será el del Estado miembro:
Donde los cónyuges tienen su residencia habitual en el momento de presentar la solicitud de divorcio.
Donde los cónyuges tuvieron su última residencia habitual, siempre que uno de ellos aún resida allí en el momento de presentar la solicitud de divorcio.
Donde el demandado tiene su residencia habitual en el momento de presentar la solicitud de divorcio.
En caso de demanda conjunta, donde uno de los cónyuges tiene su residencia habitual en el momento de presentar la solicitud de divorcio.
Donde el demandante tiene su residencia habitual desde al menos un año inmediatamente anterior a la presentación de la solicitud de divorcio.
Donde el demandante tiene su residencia habitual desde al menos seis meses inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud de divorcio y es nacional del Estado miembro en cuestión o, en el caso del Reino Unido e Irlanda, tiene allí su domicilio.
De la nacionalidad de ambos cónyuges o, en el caso del Reino Unido e Irlanda, del domicilio común de ambos cónyuges.
La ley aplicable al divorcio depende de la nacionalidad y residencia de los cónyuges. Según el Reglamento (UE) nº 1259/2010, de 20 de diciembre de 2010, por el que se establece una cooperación reforzada en el ámbito de la ley aplicable al divorcio y a la separación judicial, los cónyuges pueden elegir la ley aplicable entre las siguientes opciones:
La ley del Estado donde los cónyuges tienen su residencia habitual en el momento de presentar la solicitud de divorcio.
La ley del Estado donde los cónyuges tuvieron su última residencia habitual, siempre que uno de ellos aún resida allí en el momento de presentar la solicitud de divorcio.
La ley del Estado de la nacionalidad de ambos cónyuges en el momento de presentar la solicitud de divorcio.
Si los cónyuges no eligen la ley aplicable, se aplicará la ley del Estado:
Donde los cónyuges tienen su residencia habitual en el momento de presentar la solicitud de divorcio.
Si los cónyuges no tienen una residencia habitual común, donde los cónyuges tuvieron su última residencia habitual, siempre que haya finalizado hace menos de un año y que uno de ellos aún resida allí en el momento de presentar la solicitud de divorcio.
Si los cónyuges no tienen una residencia habitual común ni una residencia habitual anterior común, de la nacionalidad común de ambos cónyuges en el momento de presentar la solicitud de divorcio.
Si los cónyuges no tienen una residencia habitual común, ni una residencia habitual anterior común, ni una nacionalidad común, del foro, es decir, del Estado miembro donde se presenta la solicitud de divorcio.
Los documentos que debes presentar para solicitar el divorcio dependen del tipo de divorcio que elijas y de la nacionalidad y residencia de los cónyuges. En general, se deben presentar los siguientes documentos:
El certificado de matrimonio, que acredita la existencia del vínculo matrimonial. Si el matrimonio se celebró fuera de España, el certificado debe estar legalizado y traducido al español, si procede.
El certificado de nacimiento de los hijos comunes, si los hay. Si los hijos nacieron fuera de España, el certificado de nacimiento de los hijos comunes, si los hay. Si los hijos nacieron fuera de España, el certificado debe estar legalizado y traducido al español, si procede.
El convenio regulador, si optas por el divorcio express. El convenio regulador es el documento que regula los efectos del divorcio, como la atribución del uso de la vivienda, la pensión compensatoria o la liquidación del régimen económico matrimonial. El convenio regulador debe estar firmado por ambos cónyuges y por un abogado que les asesore.
El poder notarial, si optas por el divorcio contencioso o si actúas mediante representación. El poder notarial es el documento que acredita que una persona está autorizada para actuar en nombre de otra. El poder notarial debe estar legalizado y traducido al español, si procede.
Estos son los documentos básicos que debes presentar para solicitar el divorcio. Sin embargo, puede que se requieran otros documentos adicionales según el caso, como el certificado de empadronamiento, el certificado de convivencia, el certificado de renta, el inventario de bienes o las facturas de gastos. Por eso, te recomendamos que consultes con un abogado especializado en derecho de familia, que te orientará sobre los documentos que necesitas y te ayudará a tramitar el divorcio.
El divorcio implica la disolución del vínculo matrimonial y la extinción de los deberes y derechos que se derivan del mismo. Los efectos del divorcio se refieren tanto a los aspectos personales como a los patrimoniales de los cónyuges. Algunos de los efectos del divorcio son:
La pérdida del derecho a usar el apellido del otro cónyuge, salvo que se autorice expresamente.
La pérdida del derecho a heredar del otro cónyuge, salvo que se establezca lo contrario en el testamento.
La posibilidad de contraer un nuevo matrimonio con otra persona, sin necesidad de esperar ningún plazo.
La pensión compensatoria, que se concederá al cónyuge que sufra un desequilibrio económico por causa del divorcio, siempre que no tenga una situación de independencia económica.
La liquidación del régimen económico matrimonial, que consiste en la división de los bienes y deudas que se hayan generado durante el matrimonio, según el tipo de régimen que se haya pactado o que se aplique por defecto.
La contribución a las cargas del matrimonio, que se refiere a los gastos que se generan por el mantenimiento de los hijos comunes, como la alimentación, la educación, la salud o el ocio.
La guarda y custodia de los hijos, que se refiere al cuidado y atención de los hijos menores de edad o con discapacidad que dependan de los padres. La guarda y custodia puede ser compartida, cuando ambos padres se reparten el tiempo y las responsabilidades sobre los hijos, o exclusiva, cuando solo uno de los padres se encarga de los hijos.
El régimen de visitas, que se refiere al derecho y deber de comunicación y relación entre el padre o la madre que no tiene la guarda y custodia y los hijos. El régimen de visitas puede incluir el tiempo que se pasa con los hijos, el lugar donde se recogen y se entregan, las vacaciones, los fines de semana, los días festivos o las llamadas telefónicas.
La pensión de alimentos, que se refiere a la cantidad de dinero que debe pagar el padre o la madre que no tiene la guarda y custodia al que la tiene, para contribuir al sustento de los hijos. La pensión de alimentos se fija en función de las necesidades de los hijos y de los ingresos de los padres.
Estos son algunos de los efectos del divorcio, pero pueden variar según el caso y el convenio regulador que se haya pactado. Por eso, te recomendamos que consultes con un abogado especializado en derecho de familia, que te asesorará sobre los efectos del divorcio y te ayudará a defender tus intereses.
El divorcio es una situación difícil que implica tomar decisiones importantes y afrontar cambios en la vida personal y familiar. Cuando la pareja vive fuera de España, el divorcio puede ser aún más complicado, ya que se plantean cuestiones como la competencia judicial, la legislación aplicable, el reconocimiento de la sentencia o el convenio regulador. En este artículo te hemos explicado cómo divorciarte cuando tu pareja vive fuera de España y qué requisitos debes cumplir para hacerlo. Esperamos que este artículo te haya sido útil y que hayas aprendido más sobre cómo divorciarte cuando tu pareja vive fuera de España.
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