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El divorcio es una situación que implica la disolución del vínculo matrimonial y la extinción de los deberes y derechos que se derivan del mismo. Existen dos formas de tramitar el divorcio: el divorcio notarial y el divorcio judicial. Ambas opciones tienen sus ventajas y sus inconvenientes, y conviene conocerlas para elegir la que más se adapte a las circunstancias de cada caso. En este artículo te explicamos qué diferencias hay entre el divorcio notarial y el divorcio judicial, y cuál te conviene más.
El divorcio notarial es una forma de disolver el vínculo matrimonial sin necesidad de acudir a los tribunales, siempre que se cumplan ciertos requisitos. Se trata de una opción más rápida y económica que el divorcio judicial, ya que no requiere de un proceso judicial. El tiempo máximo de espera desde que se presenta el convenio hasta que se obtiene el divorcio es de 1 a 3 meses, pero realmente se puede obtener en cuestión de días, dependiendo de la rapidez de los interesados en recopilar los documentos necesarios y de que la agenda de citas de los notarios competentes esté libre.
El divorcio notarial se tramita de mutuo acuerdo entre los cónyuges, es decir, cuando los cónyuges están de acuerdo en divorciarse y en el contenido del convenio regulador. El convenio regulador es el documento que regula los efectos del divorcio, como la atribución del uso de la vivienda, la pensión compensatoria o la liquidación del régimen económico matrimonial.
El divorcio notarial se solicita ante un notario, que comprobará que se cumplen los requisitos legales y, si es así, autorizará el divorcio y lo comunicará al Registro Civil para que se inscriba. Los cónyuges deben acudir personalmente al notario, acompañados de un abogado que les asesore y redacte el convenio regulador. El notario cobrará sus honorarios según el arancel notarial, que puede variar según la complejidad del caso.
El divorcio notarial se rige por la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria, que entró en vigor el 23 de julio de 2015. Esta ley permite que los cónyuges puedan divorciarse de forma rápida y sencilla, sin tener que pasar por un juicio.
El divorcio judicial es una forma de disolver el vínculo matrimonial acudiendo a los tribunales, cuando los cónyuges no están de acuerdo en divorciarse o en el contenido del convenio regulador. Se trata de una opción más lenta y costosa que el divorcio notarial, ya que requiere de un proceso judicial. El tiempo de espera desde que se presenta la demanda hasta que se obtiene el divorcio puede durar varios meses o incluso años.
El divorcio judicial se tramita de forma contenciosa entre los cónyuges, es decir, cuando los cónyuges se enfrentan en un juicio por el divorcio. En este caso, será el juez el que dictará la sentencia de divorcio, estableciendo las medidas que regirán los efectos del divorcio. El divorcio judicial implica más trámites y puede generar más conflictos entre los cónyuges.
El divorcio judicial se solicita ante el juzgado de familia, que es el órgano competente para conocer de los asuntos relativos al matrimonio y a los hijos. Los cónyuges deben presentar una demanda de divorcio, acompañada de los documentos que acrediten el matrimonio, los hijos, los ingresos y los bienes. Cada cónyuge debe contar con un abogado y un procurador que les representen y defiendan sus intereses. El juez fijará una fecha para la celebración del juicio, donde los cónyuges podrán exponer sus argumentos y aportar las pruebas que consideren oportunas. El juez dictará la sentencia de divorcio, que se notificará a las partes y se inscribirá en el Registro Civil.
El divorcio judicial se rige por el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil, que son las normas que regulan los aspectos sustantivos y procesales del divorcio. Estas normas establecen los requisitos, los trámites y los efectos del divorcio.
¿Qué diferencias hay entre el divorcio notarial y el divorcio judicial?
1.- El tipo de acuerdo: el divorcio notarial se basa en el acuerdo de los cónyuges, mientras que el divorcio judicial se basa en el enfrentamiento de los cónyuges.
2.- El órgano competente: el divorcio notarial se tramita ante un notario, mientras que el divorcio judicial se tramita ante un juez.
3.- El procedimiento: el divorcio notarial se resuelve mediante una escritura pública, mientras que el divorcio judicial se resuelve mediante una sentencia judicial.
4.- El tiempo: el divorcio notarial se puede obtener en 1 a 3 meses, (normalmente semanas) mientras que el divorcio judicial puede durar varios meses o incluso años.
5.- El coste: el divorcio notarial solo requiere de un abogado y un notario, mientras que el divorcio judicial requiere de dos abogados, dos procuradores y los gastos del proceso judicial.
6.- Los requisitos: el divorcio notarial solo es posible si los cónyuges no tienen hijos menores de edad o con discapacidad, mientras que el divorcio judicial es posible en cualquier caso.
Los efectos: el divorcio notarial y el divorcio judicial tienen los mismos efectos, como la disolución del vínculo matrimonial, la pérdida del derecho a heredar o la posibilidad de contraer un nuevo matrimonio. Sin embargo, el divorcio notarial puede tener efectos limitados en el país de origen o de residencia de los cónyuges, si tienen otra nacionalidad o residen en otro país.
La elección entre el divorcio notarial y el divorcio judicial depende de las circunstancias de cada caso y de las preferencias de los cónyuges. En general, se recomienda optar por el divorcio notarial si se cumplen los requisitos y si hay acuerdo entre los cónyuges, ya que es una opción más rápida, económica, sencilla y amistosa que el divorcio judicial. Sin embargo, si no se cumplen los requisitos o si hay desacuerdo entre los cónyuges, se deberá acudir al divorcio judicial, que es una opción más lenta, costosa, compleja y conflictiva que el divorcio notarial.
Para tomar la mejor decisión, se recomienda contar con el asesoramiento de un abogado especializado en derecho de familia, que podrá orientar y defender los intereses de los cónyuges en el proceso de divorcio. El abogado podrá informar sobre las ventajas y los inconvenientes de cada opción, y ayudar a redactar el convenio regulador o la demanda de divorcio, según el caso.
El divorcio notarial y el divorcio judicial son dos formas de tramitar el divorcio, que tienen sus ventajas y sus inconvenientes. El divorcio notarial se basa en el acuerdo de los cónyuges y se tramita ante un notario, sin necesidad de acudir a los tribunales. El divorcio judicial se basa en el enfrentamiento de los cónyuges y se tramita ante un juez, mediante un proceso judicial. El divorcio notarial es más rápido y económico que el divorcio judicial, pero solo es posible si se cumplen ciertos requisitos. El divorcio judicial es más lento y costoso que el divorcio notarial, pero es posible en cualquier caso. En este artículo te hemos explicado qué diferencias hay entre el divorcio notarial y el divorcio judicial, y cuál te conviene más. Esperamos que este artículo te haya sido útil y que hayas aprendido más sobre el divorcio notarial y el divorcio judicial.
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